Claves para entender la de la Reforma laboral

A principios de mayo de 2019 entró en vigor la reforma laboral en la cual se los principales les protagonistas fueron los sindicatos, la resolución de conflictos laborales e igualdad de genero.
Las claves más importantes de la reforma laboral son:

Creación de un órgano autónomo.

De acuerdo a la Reforma, se eliminará las juntas de Conciliación y Arbitraje para dar pasos a un Centro Federal de Conciliación y Registro laboral y32 centro locales, uno para cada entidad.

En estos centros es donde se resolverán los conflictos laborales en primera instancia; y no podrán exceder el proceso por más de 45 días naturales. En caso de alcanzar ningún acuerdo el caso será enviado a los tribunales.

REGISTRO DE TODOS LOS CONTRATOS

Además de realizar la función conciliadora, deberían llevar el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, de los reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como establecer un Servicio Profesional de Carrera, seleccionar mediante concurso abierto a su personal, y tener planes de capacitación y desarrollo profesional.

Creación de Tribunales Laborales

La instancia encargada de resolver los conflictos entre trabajadores y patrones cuando se haya agotado la instancia conciliadora, estarían bajo la dirección de los poderes judiciales federal y de los estados.

Los tribunales estarían a cargo de un juez y contarían con el apoyo de los secretarios, funcionarios y empleados que se determine en las leyes orgánicas correspondientes.

ES FUNDAMENTAL SEGUIR ESTAS REGLAS

Trabajo en los sindicatos

Democracia sindical

Con la reforma laboral se establecen procedimientos de elección de directivos y secciones donde los agremiados podrán elegir libremente a sus representantes y líderes a través del voto libre, directo y secreto.

Libertad de afiliación sindical

Los trabajadores podrán elegir a qué sindicato quieren afiliarse, quedar fuera de la organización sindical si así lo desean. Esta decisión ya no podrá ser impuesta por la empresa o por el mismo sindicato, quienes obligaban a los nuevos empleados a sumarse a sus filas y contribuir a las cuotas sindicales, aunque no lo quisieran. ​

Más sindicatos

La nueva ley permitirá que los trabajadores puedan organizarse en distintos sindicatos, no solo de la misma empresa o ramo, sino también de distintas industrias o en diferentes estados. No hay que confundir el hecho de que haya varios sindicatos, será un solo sindicato el que tendrá la titularidad del centrado colectivo. Solo aquel sindicato que ostenta la mayoría de trabajadores con un recuento es el que va tener la titularidad, pues ellos permitirá iniciar el proceso de negociaos para incremento al salario o para revisar las prestaciones laborales.

Eliminación de Chantaje y extorsión sindical

La reforma se crea la Constancia de representatividad sindical, que busca asegurar que los sindicatos que pretendan ejercer derechos colectivos cuente con el respaldo de los trabajadores y no sean puros membretes creados para extorsionar a las empresas.

También señala que el sindicato puede perder su registro sindical si sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsión en contra de patrones, exigiéndoles un pago en dinero o en especie.

Protección a los contratos colectivos.

PUNTOS CLAVE

Se prohíbe que los contratos colectivos de trabajo se firmen sin el conocimiento de todos los agremiados, por lo que ahora los trabajadores deberán saber qué contiene el contrato y pedir modificaciones antes de que se firme. De esta manera se garantiza a mejorar las condiciones laborales para los trabajadores, acabando los contratos en los que solo se beneficiaban los líderes sindicales y los patrones.

También se prevé la revisión de los contratos colectivos en un plazo no mayor a cuatro años, posteriores a la entrada en vigor de la legislación, y establece mecanismos de transparencia y rendición de cuentas en el manejo de las cuotas y finanzas sindicales, así como en el registros de sindicatos y contratos colectivos.

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Derecho al trabajo y no discriminación laboral.

ARTÍCULO 3, LA CLAVE

Ahora el Articulo 3 de la ley Fedérela del trabajo ya no solo dice que “el trabajo es un derecho y deber social”, sino que exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, es decir, que el trabajo debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la saludad para los trabajadores y sus familiares dependientes, así como el reconocimiento a la igualdad de derechos y obligaciones entre hombres y mujeres, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

También se plantea que es de interés social garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y de violencia, para tal efecto, se establece la obligación patronal consistente en implementar, de acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual.

Se prohíbe la subcotización.

Prohíbe dar de alta al empleado con menos salario del que recibe ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conocido como subcotización.

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